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RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN contra la propuesta de financiación de las obras de “Pavimentación del paddock y refuerzo de firme de la pista del Circuito de Velocidad de Fuente Álamo” adoptada por la Junta de Gobierno Local en sesión de 26-12-2013

Desestimado por silencio administrativo
PREGUNTAS en Pleno ordinario de 22 de marzo de 2013:

A la Sra. Alcaldesa: ¿Han reclamado por escrito el cobro de su paga extraordinaria correspondiente a diciembre de 2012 los Sres. concejales D. Juan Fulgencio López Nieto, D. Bartolomé Rabal Jiménez, D. Juan Antonio García Hernández y D.ª Isabel María Gómez Pagán? (En caso de haberla reclamado sólo alguno o algunos de ellos, especifique quién o quiénes.) En caso afirmativo, ¿les ha sido estimada su petición?
Respuesta: Sí se ha presentado un escrito en ese sentido y aún no se
ha respondido al mismo.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Qué compromisos tiene adquiridos el Ayuntamiento de Fuente Álamo en relación con la Desaladora de Escombreras?
Respuesta: Los compromisos con la Desaladora de Escombreras son los
derivados del Convenio con el Ente Público del Agua de 2006 que se le facilitó al grupo municipal socialista en su momento, esto no obstante, dice que si quieren una copia del mismo la soliciten.
A la Sra. Alcaldesa: ¿En qué situación se encuentran los trámites de la Fundación Residencia de Personas Mayores San Agustín de Fuente Álamo para el cambio de empresa contratista de la gestión de la residencia?
Respuesta: No han concluido los trámites de la resolución del contrato de gestión de la residencia pues falta el dictamen del Consejo Jurídico de la Región de Murcia que se ha adelantado por fax.
A la Sra. Alcaldesa: En el Pleno del pasado mes de julio le fue formulada la siguiente pregunta: «¿En qué estado se encuentra el expediente abierto al Grupo Generala, por acuerdo de Pleno de 24 de octubre de 2011, conducente, en su caso, a la resolución del contrato de Gestión de los servicios de recogida, transporte, tratamiento y eliminación de los residuos sólidos urbanos y limpieza viaria? ¿Se ha emitido ya el “informe complementario” requerido por acuerdo de Pleno de 28 de noviembre de 2011 a los Servicios Técnicos Municipales respecto al cumplimiento de la periodicidad del servicio de la recogida de residuos sólidos urbanos, así como de la limpieza de los contenedores?». La respuesta, según consta en acta, fue la siguiente: «No se ha culminado el expediente ni se ha emitido el informe». Ocho meses después de la pregunta (y diecisiete meses después de la apertura del expediente), ¿puede decir en qué estado se encuentra dicho procedimiento y si se ha emitido el informe complementario requerido por acuerdo de Pleno de 28-11-2011? En caso negativo, ¿por qué no se ha emitido el informe?
Respuesta: Al llevarse a cabo la modificación del contrato no se ha podido culminar el expediente de resolución.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Ha emitido la Sra. Letrada-Asesora Jurídica del Ayuntamiento el informe encomendado por acuerdo de Pleno de 23-1-2012, sobre las posibles responsabilidades penales, civiles, contables en las que se hubiera podido incurrir con la emisión, la aceptación y el pago de las facturas del Grupo Generala calificadas como «incorrectas» por Informe de la Intervención municipal de 17 de marzo de 2011?
Respuesta: El informe de la Letrada municipal no se ha emitido aún
porque ha requerido más documentación e información.
Al Sr. Concejal de Urbanismo y Medio Ambiente: Reiterando la pregunta realizada en el Pleno anterior, cuya respuesta quedó pendiente de consultas técnicas: ¿Existen en nuestro municipio convenios o planes urbanísticos (aprobados o en tramitación) o proyectos municipales afectados por la Sentencia 91/2011 del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (ratificada por el Tribunal Supremo), que declara ilegal la práctica del “teletransporte” de edificabilidad procedente de suelos no urbanizables con protección específica, o por la reciente Sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional la disposición adicional octava de la Ley del Suelo de la Región de Murcia? En concreto, como consecuencia de la citada sentencia, ¿ha quedado el nuevo circuito de velocidad en construcción dentro de los límites del Parque Regional de Carrascoy y El Valle?
Respuesta: No hay en este Ayuntamiento ningún convenio urbanístico afectado por la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia 91/2011 que declara ilegal la práctica del “teletransporte”. En cuanto a la Sentencia del Tribunal Constitucional por la que se declara nula la Disposición Adicional Octava del Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, indica que se han visto los planos de zonificación y, en principio, no afecta al circuito de motos pero, esto no obstante, se ha de comunicar por Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma. Añade que se hará un nuevo Plan de Gestión en el que se fijarán los límites.
A la Sra. Alcaldesa: En relación con la necesidad de una nueva aula en el colegio de Los Almagros (CRA Alzabara):

a) ¿Existe un informe técnico municipal que insta o aconseja el desalojo del aula prefabricada actual, por su mal estado?

b) ¿Hay un proyecto para la construcción de nuevas instalaciones en el colegio? En caso afirmativo, ¿qué Administración elaboró ese proyecto, el Ayuntamiento o la Comunidad Autónoma? ¿Tiene dotación presupuestaria el Ayuntamiento o la Comunidad Autónoma para la construcción de dichas instalaciones? ¿Se ha comprometido la Consejería de Educación, Formación y Empleo a ejecutar la obra o a financiarla para que la ejecute el Ayuntamiento de Fuente Álamo? En caso afirmativo, ¿cuándo comenzarán las obras?

c) ¿Se ha planteado, como solución alternativa, la colocación de una nueva aula prefabricada? En caso afirmativo, ¿qué Administración asumirá el coste de su adquisición e instalación? ¿Estará colocada antes del comienzo del tercer trimestre del curso escolar?

d) ¿Se están barajando otras soluciones al problema? En caso afirmativo, ¿cuáles?
Respuesta: Por parte del Director del Centro se manifestó inquietud por esta cuestión, ante lo cual se envió al Arquitecto Municipal a dicho colegio con la finalidad de que inspeccionara las instalaciones y, en su caso, emitiese un informe al respecto, cosa que hizo poniendo de manifiesto las deficiencias observadas y aconsejando el desalojo del aula prefabricada. En 2009 se dirigió al Consejero competente un escrito acompañando Memoria valorada para la construcción o ampliación del Colegio de Los Almagros, pero esto nunca se presupuestó por parte de la Comunidad Autónoma. sí se ha planteado la colocación de una nueva aula prefabricada como posible solución. Se remitió a la Dirección General de Infraestructuras Educativas el Informe del Arquitecto Municipal y el día 25 se desalojará el aula y se instalará una nueva por un período de tres meses, debiendo estar instalada para el día 8, transcurrido ese plazo se hará cargo la Comunidad Autónoma, bien con una nueva aula prefabricada o bien con nuevo
colegio.
A la Sra. Concejal de Hacienda y Patrimonio: Por resolución de la Alcaldía de 2 de enero de 2013 se ha acordado concertar con Cajamar una operación de tesorería por importe de 2.500.000 euros, plazo de un año, tipo de interés del 8% y comisión de apertura del 1%. En los antecedentes de dicha resolución se manifiesta que «se han dirigido invitaciones a varias entidades de crédito para que presenten oferta» para la concertación de dicha operación de tesorería. ¿Qué entidades fueron invitadas y cuáles fueron las condiciones financieras que ofertaron? Teniendo en cuenta que la operación de tesorería concertada con la misma entidad para el ejercicio 2012 tenía un tipo de interés de 7,5% (con el euríbor en enero 2012 en 1,837), y que este año se ha firmado al 8% (con el euríbor en enero 2013 en 0,575), ¿no le parece excesivo ese tipo de interés, que puede implicar junto con la comisión de apertura del 1% unos costes financieros de 225.000 euros? ¿Cómo justifica que sea tan elevado?
Respuesta: Se solicitó oferta a todas las entidades de la plaza y sólo presentó oferta Cajamar, que ya tenía póliza anterior, con esas condiciones.
PREGUNTAS en Pleno ordinario de 31 de enero de 2013:

(La transcripción de algunas respuestas está pendiente del acta del Pleno siguiente.)

A la Sra. Concejal de Hacienda y Patrimonio: En relación con la deuda que mantiene este Ayuntamiento con la Mancomunidad de los Canales del Taibilla:

a) ¿Ha embargado dicha Mancomunidad al Ayuntamiento la partida de Participación en Tributos del Estado (o cualquier otra partida de ingresos)?

b) En caso afirmativo, ¿desde qué fecha existe el embargo?, ¿qué porcentaje de la partida se encuentra afectado?, ¿qué cantidad se ha satisfecho por esta vía durante el ejercicio 2012?

c) ¿A cuánto ascienden a día de hoy las obligaciones pendientes de pago con la Mancomunidad?

A la Sra. Concejal de Hacienda y Patrimonio: Además del que haya podido establecer la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, ¿existe algún otro embargo administrativo sobre los ingresos del Ayuntamiento acordado por alguna otra Administración u organismo público? (En caso afirmativo, especifique cuál o cuáles, el concepto y las cuantías afectadas.)

A la Sra. Concejal de Hacienda y Patrimonio: ¿A qué se debe el concepto “Regularización Tasa RSU” que por importe de 7,53 euros ha aparecido en el último recibo del agua?

Al Sr. Concejal de Urbanismo y Medio Ambiente: ¿Existen en nuestro municipio convenios o planes urbanísticos (aprobados o en tramitación) o proyectos municipales afectados por la Sentencia 91/2011 del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (ratificada por el Tribunal Supremo), que declara ilegal la práctica del “teletransporte” de edificabilidad procedente de suelos no urbanizables con protección específica, o por la reciente Sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional la disposición adicional octava de la Ley del Suelo de la Región de Murcia?

Al Sr. Concejal de Política Social: ¿En qué situación se encuentra actualmente la Residencia de Personas Mayores ‘San Agustín’ de Fuente Álamo? ¿Qué gestiones está realizando el Ayuntamiento en relación con el contrato de gestión y para el restablecimiento de las plazas subvencionadas con el IMAS? ¿Desde cuándo se están realizando dichas gestiones?

A la Sra. Alcaldesa: ¿Cuándo van a comenzar las anunciadas obras de ampliación del Cementerio municipal de Fuente Álamo?

A la Sra. Concejal de Cultura: ¿Quién o quiénes se han encargado de las bibliotecas de las diferentes pedanías durante el año 2012? ¿Quién o quiénes lo harán durante este año 2013?

A la Sra. Concejal de Hacienda y Patrimonio: En virtud del convenio celebrado en 2007 con la mercantil Armilar Procam, S.L., este Ayuntamiento recibió 3.786.376,26 euros con la expresa finalidad de financiar la construcción de un nuevo circuito de velocidad. ¿Se consideró o acordó la afectación de dicho ingreso a tal objeto? ¿Se reflejó esta circunstancia en la Contabilidad municipal para permitir su seguimiento? En caso negativo, ¿no cree usted que se debería haber acordado la afectación al amparo del artículo 10.2 del Real Decreto 500/1990?

A la Sra. Alcaldesa: ¿Cuál es el contenido de la resolución del Defensor del Pueblo, remitida a este Ayuntamiento mediante escrito con NRE 8119/2012, en relación con las quejas formuladas ante dicha Institución en los expedientes Q-12/236 y 12/497?

A la Sra. Alcaldesa: ¿Cuáles son los deberes legales y las recomendaciones que, mediante resolución al expediente Q-12/481, ha recordado el Defensor del Pueblo de la Región de Murcia a este Ayuntamiento en relación con el servicio público de agua potable.

A la Sra. Alcaldesa: ¿Qué consecuencias jurídicas y económicas tiene para este Ayuntamiento la Sentencia 1005/2012 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, como consecuencia de la demanda interpuesta por France Telecom España, S.A. (Orange)? ¿Qué importe total puede verse obligado a devolver el Ayuntamiento por la declaración de nulidad de la tasa afectada?

A la Sra. Alcaldesa: La Junta de Gobierno Local celebrada el día 27 de diciembre de 2012 ratificó la decisión de la Alcaldía de abonar a los miembros de la Policía Local determinadas cantidades en concepto de horas extraordinarias realizadas entre 2008 y 2011, y plus de Navidad y Año Nuevo de 2009, 2010 y 2011. Si esas cantidades se consideraban debidas, ¿por qué se abonan con tanto retraso, siendo los gastos de personal de pago preferente? Si en su día no se consideraron debidas, ¿a qué se debe el cambio de criterio?
Respuesta: Se adopta ese acuerdo en esa fecha porque en el Presupuesto para 2010 no había consignación presupuestaria suficiente, lo que sí ocurría en el Presupuesto para 2012.
A la Sra. Concejal de Educación: ¿Qué hechos acaecieron el día 26 de diciembre de 2012 en el IESO Pueblos de la Villa, que motivaron el escrito procedente de la Dirección General de Infraestructuras y Promoción Educativa de la CARM, con fecha de entrada en este Ayuntamiento 3 de enero de 2013 (NRE 63)? ¿Cuál es la situación catastral de dicho instituto? ¿Por qué ha estado diez años sin escriturar a nombre de la Comunidad Autónoma?
Respuesta: Existe un documento de cesión a este Ayuntamiento, pero no se ha escriturado y hay un problema de testamentaría. No obstante, indica que se encuentra dentro de los equipamientos del Plan Parcial aprobado.
MOCIÓN por la que se insta la apertura de procedimiento de revisión de oficio de la concesión de una subvención de 300.000 euros al Moto Club Fuente Álamo

Extracto: Se insta a la Alcaldía a promover expediente de revisión de oficio para declarar nula de pleno derecho la concesión de una subvención de 300.000 euros al Moto Club por considerar que se otorgó prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido. [ver completa]

Aprobada en Pleno de 20-12-2012
Votación: Todos a favor
MOCIÓN por la que se solicita la incoación de expediente disciplinario al Sr. Interventor municipal

Extracto: Se solicita a la Alcaldía la incoación de expediente al Sr. Interventor municipal para depurar la responsabilidad disciplinaria en la que pudiera haber incurrido por sus actuaciones y omisiones en el expediente de reconocimiento y pago de una «Subvención de capital a Motoclub Fuente Álamo para inversiones en circuito» por cuantía de 300.000 euros. [ver completa]

Aprobada en Pleno de 20-12-2012
Votación:
A favor: PSOE
Abstención: PP
En contra: CIFA
MOCIÓN de reprobación y petición de dimisión a la Sra. Alcaldesa y al Sr. Concejal de Deportes

Extracto: Se reprueba a la Alcaldesa y al Concejal de Deportes por su participación en la concesión y pago de una subvención a Moto Club Fuente Álamo para inversiones en circuito por cuantía de 300.000 euros. [ver completa]

Rechazada en Pleno de 20-12-2012
Votación:
A favor: PSOE
En contra: PP y CIFA
SOLICITUD de Pleno Extraordinario con 3 puntos en el Orden del Día (1º.- Debate y aprobación, si procede, de la Moción del Grupo Municipal Socialista por la que se insta la apertura de procedimiento de revisión de oficio de la concesión de una subvención de 300.000 euros al Moto Club Fuente Álamo. 2º.- Debate y aprobación, si procede, de la Moción del Grupo Municipal Socialista por la que se solicita la incoación de expediente disciplinario al Sr. Interventor municipal. 3º.- Debate y aprobación, si procede, de la Moción del Grupo Municipal Socialista de reprobación y petición de dimisión a la Sra. Alcaldesa y al Sr. Concejal de Deportes) e Informe del Secretario sobre la primera de las Mociones.

Estimada (Pleno celebrado el 20-12-2012)
RUEGOS en Pleno Ordinario de 27 de septiembre de 2012:

A la Sra. Alcaldesa: En el Pleno ordinario del pasado 26 de julio, usted respondió de forma incompleta a una pregunta formulada por este Grupo Municipal sobre la subvención de 300.000 euros otorgada al Moto-Club Fuente Álamo, comprometiéndose a entregar a este Portavoz copia del Decreto de Alcaldía por el que se resolvía tal otorgamiento. Hasta la fecha no la ha entregado, por lo que le exigimos que de forma inmediata, mañana mismo, ponga a disposición del Grupo Socialista la copia de dicho Decreto. 

A la Sra. Alcaldesa: Al Sr. Concejal D. Antonio García Moreno no se le ha notificado la convocatoria de este Pleno, por lo que debe usted, como Presidenta convocante, averiguar cuál ha sido la causa y su responsable, y adoptar las medidas para que esta irregularidad no vuelva a repetirse.
PREGUNTAS en Pleno Ordinario de 26 de julio de 2012:

A la Sra. Alcaldesa: Durante el año 2011, ¿transfirió o entregó el Ayuntamiento 300.000 euros (o cualquier otra cantidad) al Moto Club Fuente Álamo? En caso afirmativo, ¿con cargo a qué partida y en virtud de qué resolución, convenio o contrato?
Respuesta: Dª María Antonia Conesa Legaz contesta a la primera pregunta diciendo que el convenio es de 2007 y en el presupuesto municipal de 2010 se reconoció una partida como subvención. D. Antonio Jesús García Conesa pregunta si existe un Decreto.
Dª. María Antonia Conesa Legaz contesta que se hizo mediante un Decreto de 2010 y añade que en el próximo pleno le facilitará una copia del mencionado Decreto en virtud del cual se hizo una transferencia de 300.000 euros por lo no ejecutado.
A la Sra. Alcaldesa: ¿En qué estado se encuentra el expediente abierto al Grupo Generala, por acuerdo de Pleno de 24 de octubre de 2011, conducente, en su caso, a la resolución del contrato de Gestión de los servicios de recogida, transporte, tratamiento y eliminación de los residuos sólidos urbanos y limpieza viaria? ¿Se ha emitido ya el “informe complementario” requerido por acuerdo de Pleno de 28 de noviembre de 2011 a los Servicios Técnicos Municipales respecto al cumplimiento de la periodicidad del servicio de la recogida de residuos sólidos urbanos, así como de la limpieza de los contenedores?
Respuesta: No se ha culminado el expediente ni se ha emitido el informe. 
A la Sra. Alcaldesa: ¿Qué «servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo» justifican el otorgamiento de una gratificación de 700 euros a D. Antonio García García, por Decreto de Alcaldía de 29 de junio de 2012, un día después de haberse dispuesto su cese como Jefe de Gabinete de la Alcaldía?
Respuesta: Es una liquidación de la paga extraordinaria y no una gratificación, el Decreto está mal planteado y fue fruto de un error.
PREGUNTAS en Pleno Ordinario de 4 de junio: 

A la Sra. Alcaldesa: ¿En qué estado se encuentra el contrato suscrito por este Ayuntamiento para la construcción del nuevo circuito en el paraje de Los Milanos? Del coste total del contrato, ¿cuánto se lleva ejecutado y qué cuantía continúa pendiente? ¿Continúa vigente el contrato? En tal caso, ¿tiene intención de proponer su rescisión? ¿Cuándo?
Respuesta: Se encuentra rescindido por mutuo acuerdo y se ejecutó por importe de 1,5 millones de euros, restando pendientes de ejecutar obras por importe de 300.000 euros.
A la Sra. Alcaldesa: ¿En qué estado se encuentra el expediente para dotar de bandera al municipio, iniciado por acuerdo de Pleno de 30 de marzo de 2010?
Respuesta: La Academia de Alfonso X “El Sabio” dictaminó desfavorablemente la propuesta al considerar que no cumplía con los requisitos exigibles, ya que la inclusión en la misma de estrellas rojas tenía connotaciones políticas. Por ello, se debe llegar a un nuevo consenso.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Qué obras y servicios se van a financiar con cargo a la partida “151 60900 Aportación Municipal Inversiones 2010”?
Respuesta: Se trata de un error ya que donde dice 2010 debe decir 2012. [Aunque no aparece reflejado en el acta, la Alcaldesa también dijo que el dinero se destinaría a instalaciones y mantenimiento en general.]
Al Sr. Concejal de Seguridad Ciudadana, Protección Civil, Ordenación del Tráfico y Disciplina Urbanística: ¿Cómo se gestiona el servicio municipal de retirada y depósito de vehículos (grúa municipal)? ¿Qué tipo de contrato o contratos se celebran con el prestador del servicio?
Respuesta: En el pueblo hay dos empresas que prestan ese servicio y se elige a la que lo presta por un menor precio, según presupuesto. 
D. Antonio Jesús García Conesa pregunta si se contrata con carácter anual o plurianual o bien si 
se contrata servicio por servicio individualmente. 
D. Antonio Miguel Conesa Díaz dice que se pide presupuesto y se da al más barato. 
D. Antonio Jesús García Conesa dice que entonces se contrata servicio por servicio y se podría 
abrir un procedimiento de contratación con su correspondiente expediente y sus pliegos y sacarlo a concurso público.
A la Sra. Alcaldesa: En relación con la condena a este Ayuntamiento por despido improcedente de la trabajadora D.ª Rosario Díaz Guillermo, y con el informe que al respecto emitió la Sra. Letrada-Asesora Jurídica de este Ayuntamiento, de fecha 25 de abril de 2012: 

a) ¿Se ha optado por la readmisión o por la indemnización de la trabajadora? 

b) ¿Se ha emitido ya el informe encargado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 25 de abril de 2012, al Interventor Municipal sobre las eventuales responsabilidades en las que se haya podido incurrir de conformidad con lo establecido en el art. 145 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común? En caso afirmativo, ¿en qué términos se pronuncia dicho informe? ¿Se ha ejercido o se va a ejercer la acción de regreso prevista en el citado precepto legal? ¿Frente a quién? 

Respuesta: Se optó por la readmisión, pero la trabajadora presentó un escrito renunciando a dicha readmisión, por lo cual se cerró el proceso y no se produjeron más consecuencias, no produciéndose la incorporación de la citada trabajadora. 

A la Sra. Alcaldesa: ¿Por qué razón ha sido sancionado el Ayuntamiento por la Confederación Hidrográfica del Segura, en expediente sancionador de referencia nº D-328/2011, a una multa de 1.000 €? 
Respuesta: Se debe a la celebración de la Feria de Ganado.
A la Sra. Alcaldesa: De acuerdo con la prórroga concedida por la Administración regional, este Ayuntamiento deberá justificar antes del 31 de marzo de 2017 la ejecución de la obra del ‘Complejo Polideportivo’ del Nuevo Cuatro Vientos, subvencionada por la Comunidad Autónoma. Teniendo en cuenta que se trata de una obra presupuestada en más de 5 millones de euros, ¿considera que su ejecución resulta incompatible con el Plan de Ajuste 2012-2022, recientemente aprobado por este Ayuntamiento, en tanto que dispone lo siguiente: «No se contempla durante la vigencia del Plan la realización de inversiones nuevas de equipamiento o infraestructuras municipales. Los créditos consignados se dedicarán a reposición, sustitución o reparación de las inversiones e infraestructuras existentes». 

Respuesta: No es incompatible puesto que no se trata de una nueva inversión.
A la Sra. Alcaldesa: La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 11 de abril de 2012, tomó cuenta del escrito recibido de la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias, de fecha de entrada en este Ayuntamiento del día 30 de marzo de 2012 (NRE 2701/2012), mediante el cual se notifica la Orden de 5 de marzo de 2012, de la Consejería de Presidencia, por la que se acuerda la suspensión del cómputo del plazo de justificación de la subvención concedida al Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia, mediante convenio singular de fecha 1 de junio de 2007, para financiar la “Construcción de Nuevas dependencias para la Policía Local”. ¿Se ha establecido fecha máxima para la justificación de esta obra o se trata de una suspensión sine die? ¿Es compatible la ejecución de esta obra con el Plan de Ajuste 2012-2022? 
Respuesta: No es incompatible puesto que no se trata de una nueva inversión.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Por qué ha acordado la Junta de Gobierno Local recurrir en reposición la Orden de la Consejería de Agricultura y Agua, de 9 de marzo de 2012, por la que se hace entrega al Ayuntamiento de determinados caminos rurales de servicio para su uso y conservación? ¿Cuál es el objeto y el fundamento de dicha orden y en qué se basa el desacuerdo de este Ayuntamiento con la misma? 
Respuesta: Los caminos son de la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena y no del Ayuntamiento, motivo por el cual se contestó del modo en que se hizo. Explica que se trata de un error técnico de la Comunidad Autónoma ante el cual se debió recurrir, pues, de lo contrario la orden se hubiera hecho efectiva.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Ha aparecido ya el expediente de licencia de actividad nº 30/05, promovido por la mercantil BEL COMPOSITE IBERICA S.L. cuya desaparición fue denunciada por el Sr. Secretario General y por el Sr. Jefe de los Servicios Administrativos? 
Respuesta: El expediente no ha aparecido aún.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Cuál fue la causa imputable al Ayuntamiento por la cual el Grupo Generala no ha podido hacer uso de la nave o naves arrendadas hasta marzo de 2012, por las que inicialmente se les practicó una liquidación de 380.000 € en concepto de alquileres e intereses de demora desde 2007? 
Respuesta: N
o la pudo usar antes 
porque no se tenía otro espacio para el banco de alimentos.
A la Sra. Alcaldesa: Ante la rescisión del contrato de mantenimiento de parques y jardines, ¿va a asumir el Ayuntamiento alguna responsabilidad laboral con los trabajadores de la empresa que venía prestando el servicio? ¿Debe subrogarse el Ayuntamiento en sus contratos?
Respuesta: L
os trabajadores son de STV, pero se 
ha de estar a lo que decida el Juzgado de lo Social que está conociendo de la demanda interpuesta
.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Con qué entidad y a qué tipo de interés se ha formalizado la operación de crédito a largo plazo para el pago a proveedores?
[La información requerida con esta pregunta fue proporcionada por la Dación de cuenta realizada en Pleno Extraordinario de 2 de julio de 2012.]
PREGUNTAS en el Pleno Ordinario de 24 de octubre de 2011:

A la Sra. Alcaldesa: ¿Ha resuelto la Administración regional la solicitud de autorización para uso excepcional de suelo no urbanizable para la construcción del nuevo circuito de velocidad en el paraje de Los Milanos? En caso negativo, ¿conoce en qué estado se halla el expediente?

Respuesta: Sí, dicha solicitud fue ya concedida por la administración regional el día 23-9-2010.
A la Sra. Alcaldesa: En las últimas fiestas de Fuente Álamo y pedanías, el Ayuntamiento ha cobrado a las peñas un precio por los servicios de agua y electricidad en sus locales. ¿Cuándo y cómo se aprobó ese precio público municipal?

Respuesta: Por agua no se ha pedido ninguna cantidad, se les ha repercutido el pago de 150 euros, que corresponde con el precio que cobra Iberdrola por el alta de un contador con el certificado técnico y la energía consumida. D. Antonio Jesús García Conesa pregunta si es posible repercutir esas cantidades sin aprobar un precio público. Dª. María Antonia Conesa Legaz dice que no es irregular.
A la Sra. Concejal de Hacienda y Patrimonio: A la fecha de celebración del Pleno, ¿cuánto debe el Ayuntamiento (obligaciones pendientes de pago) al Grupo Generala por el contrato de gestión de los servicios públicos de recogida, transporte, tratamiento y eliminación de residuos urbanos, y de limpieza viaria del término municipal? ¿Y por otros conceptos?

Respuesta: Afirma que no se le debe nada porque la empresa ha endosado la certificación y el banco le ha pagado, “le debemos al Banco”.
Al Sr. Concejal de Educación: ¿En qué términos se van a mantener para este curso las subvenciones a los colegios de infantil y primaria y la financiación municipal de actividades extraescolares?

Respuesta: Aún no se ha resuelto la convocatoria de subvención con los colegios para el curso 2011-2012.
Al Sr. Concejal de Política Social: ¿En qué circunstancias y por qué procedimiento se ha cambiado la empresa concesionaria del Centro de Conciliación de la Vida Laboral y Familiar?

Respuesta: Afirma que a finales de septiembre se firmó un contrato de servicios con una empresa para llevar a cabo esta prestación, pero el contrato de concesión se sacará a licitación.
A la Sra. Alcaldesa: A la pregunta sobre cuál era el importe total de las obligaciones pendientes de pago de la Corporación a 31 de diciembre de 2010, planteada en el Pleno celebrado el 28 de julio de 2011, usted respondió con una cifra ligeramente superior a los 15 millones de euros. Sin embargo, en el Decreto de Alcaldía de 5 de septiembre de 2011, por el que se aprueba la liquidación del Presupuesto General del ejercicio 2010, las obligaciones pendientes de pago a 31-12-2010 se establecen en 20.504.881,87 euros. ¿Puede explicar a qué se debe esta discrepancia de cantidades? ¿Cuánto debía el Ayuntamiento, en total, por obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre de 2010?

Respuesta: la Sra. Alcaldesa-Presidenta dice que entendió que la pregunta se refería a las obligaciones pendientes de pago a proveedores, mientras que en la liquidación aparecen operaciones no presupuestarias de Tesorería, no correspondientes al pago a proveedores y que se deben a los movimientos de pago de IVA repercutido, embargos judiciales, pagos de IRPF, etc; que se satisfacen durante el período de 2.011.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Por qué aparece su firma bajo la cifra «4.000», reseñada entre paréntesis, en la solicitud presentada por una vecina el 5 de abril de 2011 (entrada n.º 2103) solicitando «ayuda de 1ª necesidad»?

Respuesta: Dice que su firma aparece para prestar conformidad a la solicitud.
A la Sra. Alcaldesa: En Decreto de Alcaldía de 7 de julio de 2011, del que hemos tenido conocimiento en este Pleno, usted resuelve la personación de la Corporación en un procedimiento contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Jarquil Andalucía, S.A. contra este Ayuntamiento (Procedimiento Ordinario nº 461/2011). ¿Cuál es el objeto de dicho recurso contencioso-administrativo y cuáles son las pretensiones de Jarquil Andalucía, S.A.?

Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)
A la Sra. Alcaldesa: En Decreto de Alcaldía de 12 de septiembre de 2011, del que hemos tenido conocimiento en este Pleno, usted resuelve la personación de la Corporación en un procedimiento contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Equipamientos Deportivos, S.A. contra este Ayuntamiento (Procedimiento Abreviado nº 626/2011), en reclamación de 1.623,18 euros, más los intereses de demora y legales, más costas. ¿En concepto de qué se debe, en su caso, esa cantidad a la demandante?

Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)
A la Sra. Alcaldesa:  En Decreto de Alcaldía de 12 de septiembre de 2011, del que hemos tenido conocimiento en este Pleno, usted resuelve la personación de la Corporación en un procedimiento contencioso-administrativo interpuesto por D. Carlos Martínez Hernández contra este Ayuntamiento (Procedimiento Abreviado nº 176/2011), sobre responsabilidad patrimonial. ¿Cuál es el objeto de dicho recurso contencioso-administrativo y cuáles son las pretensiones de D. Carlos Martínez Hernández?

Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)
A la Sra. Alcaldesa: En Decretos de Alcaldía de 23 se septiembre de 2011, de los que hemos tenido conocimiento en este Pleno, usted resuelve la personación de la Corporación en dos procedimientos contencioso-administrativos interpuestos por la Mercantil “GRUPO LA GENERALA DE SERVICIOS INTEGRALES PROYECTOS MEDIOAMBIENTALES CC Y OO, S.L.”contra este Ayuntamiento (Procedimientos Ordinarios nº 496/2011 y 487/2011). ¿Cuál es el objeto de dichos recursos contencioso-administrativos y cuáles son las pretensiones del Grupo Generala en cada uno de ellos?

Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)
A la Sra. Alcaldesa: En la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local celebrada el 3 de agosto de 2011, de cuya acta hemos tomado conocimiento en este Pleno, se dio cuenta del escrito recibido del Defensor del Pueblo de la Región de Murcia, con fecha de entrada en este Ayuntamiento del día 29 de julio de 2011 (NRE 4423/2011), en el que adjuntaba resolución adoptada por esa defensoría, en relación con la queja formulada ante esa Institución con número de expediente Q-298/2011. ¿Cuál es el objeto de dicha queja? ¿En qué términos se pronuncia el Defensor del Pueblo de la Región de Murcia en su resolución?

Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)
A la Sra. Alcaldesa:  En la sesión de la Junta de Gobierno Local celebrada el 10 de agosto de 2011, de cuya acta hemos tomado conocimiento en este Pleno, se dio cuenta del escrito presentado por D. César Rollón Blanco, en representación de PLODER, S.A.- INFRAESTRUCTURAS TERRESTRES S.A., UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, con CIF U-73487431, con fecha de entrada en este Ayuntamiento del día 5 de agosto de 2011 (NRE 4562/2011), solicitando indemnización de conformidad con el art. 102.2 TRLCAP al contratista y resolución del contrato de obra al amparo del art. 111 del R.D.L. 2/2000 de 16 de junio. ¿Cuál es el importe de la indemnización que solicita?

Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)