INICIATIVAS por tipo:

PREGUNTAS en Pleno Ordinario de 24 de septiembre de 2012:

A la Sra. Alcaldesa: Por Decreto de 2 de julio de 2012 se aprueba un gasto de 6.490 euros a favor de Muher Arte Global, S.L. por el concepto de “Estudio geotécnico de la Plaza Constitución y Plaza San Agustín”. ¿En qué consistió dicho estudio geotécnico y cuál fue la necesidad que lo motivó?
Respuesta: se hizo para justificar una subvención de la Dirección General de Urbanismo de un importe de 400.000 euros y se fundamenta en la existencia del “aljibón” y en la proximidad de los cimientos de la Iglesia que se deben salvaguardar.
A la Sra. Alcaldesa: Por Decreto de 9 de julio de 2012 se aprueba un gasto de 531 euros a favor de D.ª Isabel Franco Sánchez por el concepto de “Apertura de cuentas en redes sociales y dotación de contenidos de información”. ¿Qué cuentas fueron abiertas en virtud de esta contratación? ¿No existe entre los concejales con dedicación exclusiva o parcial o entre los trabajadores del Ayuntamiento nadie capaz de encargarse de esas actuaciones?
Respuesta: Se abrieron una cuenta de “Facebook” y otra de“Twitter”.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Qué subvención de Campoder se decidió rechazar y cuál se decidió aceptar en Junta de Gobierno de 18 de julio de 2012? ¿Cuáles eran su objeto y su cuantía?
Respuesta: Se aceptó la subvención correspondiente a la publicación de unos libros históricos que ascendía a 14.000 euros, pero se rechazó la correspondiente al circuito porque era de tan sólo 1.800 euros frente a un importe del proyecto de 340.000 euros.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Por qué el Grupo Generala ha recurrido en reposición el acuerdo de modificación del contrato de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria? ¿No se trataba de una modificación pactada con la empresa? ¿Tiene intención de traer a Pleno una propuesta de resolución de dicho recurso o preferirá desestimarlo por silencio administrativo?
Respuesta: No sabe por qué se interpone el recurso y señala que no se ha pactado. A continuación, indica que en el expediente de modificación la empresa adjudicataria mostró su oposición y se recabó el dictamen del Consejo Jurídico de la Región de Murcia.
A la Sra. Alcaldesa: En la Junta de Gobierno Local celebrada el pasado 8 de agosto dio cuenta del escrito recibido de la Dirección General del Territorio y Vivienda mediante el cual comunica que, en relación con las solicitudes efectuadas por este Ayuntamiento relativas a suspensión del computo de plazos de ejecución y/o justificación y reajuste de anualidades de la actuación “Acondicionamiento del Espacio Público Plaza de la Constitución y San Agustín, Fase I”, el Ayuntamiento debe establecer un nuevo calendario de ejecución de las obras. ¿De qué obras se trata? ¿No fueron ya ejecutadas?
Respuesta: Se ha ejecutado la primera fase que corresponde a la Plaza San Agustín y falta la segunda correspondiente a la Plaza de la Constitución.
A la Sra. Alcaldesa: Por Decreto de 18 de julio de 2012 se reconoce una obligación de 50.000 euros a favor de Jarquil Andalucía, S.A. por el concepto de “Intereses de demora por razón del contrato ejecución obras Construcción de C.P. Enseñanza Infantil Fte. Álamo”. ¿En virtud de qué resolución administrativa o judicial se han reconocido estos intereses?
Respuesta: Se han reconocido esos intereses en virtud de resolución judicial.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Cuándo piensa cumplir el acuerdo de Pleno de 30 de marzo de 2012 por el que se le insta a rebajar las percepciones económicas de los Pedáneos a un máximo de 270 euros mensuales?
Respuesta: Contesta diciendo que se han dado las instrucciones oportunas y que se le había olvidado.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Quién determina los contenidos de la publicación municipal ‘La Villa al Día’? ¿Con qué criterio se seleccionan las noticias de carácter político que se van a publicar en cada número? Dentro del Equipo de Gobierno municipal, ¿quién es el edil responsable de dicho ‘periódico’?
Respuesta: Los contenidos los forman todos los ediles del equipo de gobierno municipal, cada uno en su área delegada, recogiendo también las aportaciones de los vecinos.
Al Sr. Concejal de Parques y Jardines: Por Decreto de 25 de junio de 2012 se acordó la contratación de un Ingeniero Técnico Agrícola para la prestación del servicio de “Inspección y asesoramiento técnico para el mantenimiento y conservación de las plantas ornamentales de las zonas públicas del municipio de Fuente Álamo de Murcia”, por un importe mensual de 1.995 euros más IVA. ¿Cuáles son las funciones de este ingeniero? Para esas funciones ¿considera imprescindible la contratación de un ingeniero con el nivel de dedicación que se intuye por el precio del servicio?
Respuesta: Se trata de una cantidad adecuada. Dª. María Antonia Conesa Legaz dice que el Sr. Pedro Antonio tiene una gran dedicación y la cuantía del contrato está justificada por ello. Además, indica que la necesidad de un Ingeniero Técnico Agrícola está justificada en este Ayuntamiento.
Al Sr. Concejal de Seguridad Ciudadana, Protección Civil, Ordenación del Tráfico y Disciplina Urbanística: ¿Es habitual en este Ayuntamiento abrir expedientes sancionadores por comenzar a ejecutar obras antes de la concesión de la correspondiente licencia, aun habiéndose solicitado ésta, habiéndose abonado las tasas, fianzas e impuestos requeridos y constando en el expediente informe favorable del Sr. Arquitecto Municipal, tal como usted dispuso por Decreto de 9 de julio de 2012 en relación con una ampliación de vivienda en Hacienda del Álamo?
Respuesta: No se puede permitir que cuando se pide la licencia y sin que ésta se haya otorgado se haya comenzado ya la obra. En este caso, afirma, se hizo la obra antes de obtener la licencia y se adelantó esa ejecución incluso a la existencia de informe técnico al respecto. Por todo ello, se levantó acta por parte de la Policía Local y se procedió al inicio del correspondiente expediente de disciplina urbanística.
Al Sr. Concejal de Seguridad Ciudadana, Protección Civil, Ordenación del Tráfico y Disciplina Urbanística: En un Decreto de alcaldía del pasado 29 de mayo se dispuso el tratamiento como “residuo sólido urbano” para determinados vehículos que se encontraban en el Depósito Municipal y se acordó su entrega al «Gestor de Residuos autorizado por este Ayuntamiento», sin especificar. ¿Cuál es dicho gestor autorizado? ¿En virtud de qué resolución o contrato goza de tal condición?
Respuesta: en el Decreto mencionado sólo se declara como residuo sólido urbano unos vehículos y no se ha designado aún a ningún gestor pues se está viendo los que hay en el municipio y los vehículos se encuentran en el depósito todavía.

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