PREGUNTAS en el Pleno Ordinario de 24 de octubre de 2011:
A la Sra. Alcaldesa: ¿Ha resuelto la Administración regional la solicitud de autorización para uso excepcional de suelo no urbanizable para la construcción del nuevo circuito de velocidad en el paraje de Los Milanos? En caso negativo, ¿conoce en qué estado se halla el expediente?
Respuesta: Sí, dicha solicitud fue ya concedida por la administración regional el día 23-9-2010.
A la Sra. Alcaldesa: En las últimas fiestas de Fuente Álamo y pedanías, el Ayuntamiento ha cobrado a las peñas un precio por los servicios de agua y electricidad en sus locales. ¿Cuándo y cómo se aprobó ese precio público municipal?
Respuesta: Por agua no se ha pedido ninguna cantidad, se les ha repercutido el pago de 150 euros, que corresponde con el precio que cobra Iberdrola por el alta de un contador con el certificado técnico y la energía consumida. D. Antonio Jesús García Conesa pregunta si es posible repercutir esas cantidades sin aprobar un precio público. Dª. María Antonia Conesa Legaz dice que no es irregular.
A la Sra. Concejal de Hacienda y Patrimonio: A la fecha de celebración del Pleno, ¿cuánto debe el Ayuntamiento (obligaciones pendientes de pago) al Grupo Generala por el contrato de gestión de los servicios públicos de recogida, transporte, tratamiento y eliminación de residuos urbanos, y de limpieza viaria del término municipal? ¿Y por otros conceptos?
Respuesta: Afirma que no se le debe nada porque la empresa ha endosado la certificación y el banco le ha pagado, “le debemos al Banco”.
Al Sr. Concejal de Educación: ¿En qué términos se van a mantener para este curso las subvenciones a los colegios de infantil y primaria y la financiación municipal de actividades extraescolares?
Respuesta: Aún no se ha resuelto la convocatoria de subvención con los colegios para el curso 2011-2012.
Al Sr. Concejal de Política Social: ¿En qué circunstancias y por qué procedimiento se ha cambiado la empresa concesionaria del Centro de Conciliación de la Vida Laboral y Familiar?
Respuesta: Afirma que a finales de septiembre se firmó un contrato de servicios con una empresa para llevar a cabo esta prestación, pero el contrato de concesión se sacará a licitación.
A la Sra. Alcaldesa: A la pregunta sobre cuál era el importe total de las obligaciones pendientes de pago de la Corporación a 31 de diciembre de 2010, planteada en el Pleno celebrado el 28 de julio de 2011, usted respondió con una cifra ligeramente superior a los 15 millones de euros. Sin embargo, en el Decreto de Alcaldía de 5 de septiembre de 2011, por el que se aprueba la liquidación del Presupuesto General del ejercicio 2010, las obligaciones pendientes de pago a 31-12-2010 se establecen en 20.504.881,87 euros. ¿Puede explicar a qué se debe esta discrepancia de cantidades? ¿Cuánto debía el Ayuntamiento, en total, por obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre de 2010?
Respuesta: la Sra. Alcaldesa-Presidenta dice que entendió que la pregunta se refería a las obligaciones pendientes de pago a proveedores, mientras que en la liquidación aparecen operaciones no presupuestarias de Tesorería, no correspondientes al pago a proveedores y que se deben a los movimientos de pago de IVA repercutido, embargos judiciales, pagos de IRPF, etc; que se satisfacen durante el período de 2.011.
A la Sra. Alcaldesa: ¿Por qué aparece su firma bajo la cifra «4.000», reseñada entre paréntesis, en la solicitud presentada por una vecina el 5 de abril de 2011 (entrada n.º 2103) solicitando «ayuda de 1ª necesidad»?
Respuesta: Dice que su firma aparece para prestar conformidad a la solicitud.
A la Sra. Alcaldesa: En Decreto de Alcaldía de 7 de julio de 2011, del que hemos tenido conocimiento en este Pleno, usted resuelve la personación de la Corporación en un procedimiento contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Jarquil Andalucía, S.A. contra este Ayuntamiento (Procedimiento Ordinario nº 461/2011). ¿Cuál es el objeto de dicho recurso contencioso-administrativo y cuáles son las pretensiones de Jarquil Andalucía, S.A.?
Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)
A la Sra. Alcaldesa: En Decreto de Alcaldía de 12 de septiembre de 2011, del que hemos tenido conocimiento en este Pleno, usted resuelve la personación de la Corporación en un procedimiento contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Equipamientos Deportivos, S.A. contra este Ayuntamiento (Procedimiento Abreviado nº 626/2011), en reclamación de 1.623,18 euros, más los intereses de demora y legales, más costas. ¿En concepto de qué se debe, en su caso, esa cantidad a la demandante?
Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)
A la Sra. Alcaldesa: En Decreto de Alcaldía de 12 de septiembre de 2011, del que hemos tenido conocimiento en este Pleno, usted resuelve la personación de la Corporación en un procedimiento contencioso-administrativo interpuesto por D. Carlos Martínez Hernández contra este Ayuntamiento (Procedimiento Abreviado nº 176/2011), sobre responsabilidad patrimonial. ¿Cuál es el objeto de dicho recurso contencioso-administrativo y cuáles son las pretensiones de D. Carlos Martínez Hernández?
Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)
A la Sra. Alcaldesa: En Decretos de Alcaldía de 23 se septiembre de 2011, de los que hemos tenido conocimiento en este Pleno, usted resuelve la personación de la Corporación en dos procedimientos contencioso-administrativos interpuestos por la Mercantil “GRUPO LA GENERALA DE SERVICIOS INTEGRALES PROYECTOS MEDIOAMBIENTALES CC Y OO, S.L.”contra este Ayuntamiento (Procedimientos Ordinarios nº 496/2011 y 487/2011). ¿Cuál es el objeto de dichos recursos contencioso-administrativos y cuáles son las pretensiones del Grupo Generala en cada uno de ellos?
Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)
A la Sra. Alcaldesa: En la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local celebrada el 3 de agosto de 2011, de cuya acta hemos tomado conocimiento en este Pleno, se dio cuenta del escrito recibido del Defensor del Pueblo de la Región de Murcia, con fecha de entrada en este Ayuntamiento del día 29 de julio de 2011 (NRE 4423/2011), en el que adjuntaba resolución adoptada por esa defensoría, en relación con la queja formulada ante esa Institución con número de expediente Q-298/2011. ¿Cuál es el objeto de dicha queja? ¿En qué términos se pronuncia el Defensor del Pueblo de la Región de Murcia en su resolución?
Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)
A la Sra. Alcaldesa: En la sesión de la Junta de Gobierno Local celebrada el 10 de agosto de 2011, de cuya acta hemos tomado conocimiento en este Pleno, se dio cuenta del escrito presentado por D. César Rollón Blanco, en representación de PLODER, S.A.- INFRAESTRUCTURAS TERRESTRES S.A., UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, con CIF U-73487431, con fecha de entrada en este Ayuntamiento del día 5 de agosto de 2011 (NRE 4562/2011), solicitando indemnización de conformidad con el art. 102.2 TRLCAP al contratista y resolución del contrato de obra al amparo del art. 111 del R.D.L. 2/2000 de 16 de junio. ¿Cuál es el importe de la indemnización que solicita?
Respuesta: (En el Pleno siguiente. Pendiente del acta)